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Audiencia Pública por la Recuperación de los Trenes Metropolitanos

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Presentado el 25/04/2017

Aprobado el 11/05/2017

EXPEDIENTE Nº 235.823

Con apoyo de todo el Concejo Municipal de Rosario, llamamos a una Audiencia Pública, con el fin de debatir en torno la necesidad de recuperación de los trenes metropolitanos, en el marco de la Ley Provincial N° 13.242 de reactivación del sistema ferroviario santafesino.

Fueron de la partida Intendentes, Concejales, y Presidentes de Comuna de localidades vecinas miembros del ECOM; funcionarios del Departamento Ejecutivo Municipal de Rosario, su Secretario de Planeamiento, y de localidades vecinas miembros del ECOM, con incumbencia en la materia; funcionarios del Poder Ejecutivo Provincial que posean incumbencia en la temática; el titular de la Unidad Especial de Gestión Ferroviaria (UEGF), creada a partir de la Ley Provincial N°13.242; organizaciones de la sociedad civil involucradas en la cuestión: Asociación Amigos del Riel, Tren Para Todos, sindicatos ferroviarios, etc; académicos, cátedras y centros de estudios de la Universidad Nacional se Rosario, de la Universidad Tecnológica Nacional, y de otras instituciones educativas públicas y privadas.

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Texto completo del proyecto.

VISTO

La Ley Provincial Nº 13.242 de Reactivación del Sistema Ferroviario Santafesino aprobada en el 2012, que junto con la creación de la “Unidad Especial de Gestión Ferroviaria” y de la “Empresa Mixta Ferrocarriles de Santa Fe S.A.”, dispone la prestación por esta última de servicios ferroviarios urbanos e interurbanos de pasajeros, citando entre ellos los de General Gelly a Sorrento (Rosario), Bouquet-Las Rosas-Cañada de Gómez a Rosario Norte, Firmat a Rosario Norte, Rosario Norte a Rosario Puerto (vía Villa Diego) y de Villa Constitución a Serodino -pasante por Rosario-.

El Plan Estratégico Rosario Metropolitana-Estrategias 2018 presentado en el año 2009, analizando la posibilidad de instrumentar en el futuro servicios de trenes regionales para pasajeros metropolitanos y regionales, se indica que “…la infraestructura ferroviaria existente se encuentra en un estado relativamente ocioso… la viabilidad técnica y económica del presente proyecto radica, precisamente, en la reutilización de la infraestructura preexistente… dado que la gran mayoría de los asentamientos irregulares se han ubicado históricamente en los márgenes del trazado ferroviario, este proyecto deberá contemplar la reconversión y rehabilitación de esos espacios y el desarrollo de los planes de vivienda social…” (págs. 252-254).

Y CONSIDERANDO

Que la ciudad de Rosario contó en tiempos pasados con un importante servicio de trenes urbanos, suburbanos y regionales de pasajeros, que en el caso de la trocha ancha registraba en el año 1975 la cantidad de 76 trenes diarios entrantes y salientes de la estación Rosario Central, facilitando la movilidad y proporcionando a los usuarios -por ejemplo- tiempos de viaje de alrededor de 20 minutos hasta Fisherton (estación Antártida Argentina), 30 minutos a Funes y 40 minutos a Roldán, cifras que a pesar de ser logradas con vías y material rodante que no se encontraba en óptimas condiciones, lucen sumamente reducidas frente a los tiempos de traslado actuales que en la mayoría de los casos insumen el doble de estas referencias. La totalidad de estos servicios fueron eliminados por la Dictadura Militar durante el año 1977 como parte del programa de achicamiento de la empresa ferroviaria estatal seguido por el plan económico del ministro José Alfredo Martínez de Hoz.

Que la Ley N° 13.242 crea la “Empresa Mixta Ferrocarriles de Santa Fe SA” (EFESA) con el objeto de prestar servicios de transporte ferroviario de pasajeros y de cargas en el territorio de la Provincia con un carácter social y de apoyo a la producción local

Que la Ley 13.242 busca priorizar la integración de los trenes al sistema de transporte local y regional, dado que constituyen un factor esencial para el desarrollo y la integración social entre los barrios de Rosario y localidades cercanas, solucionando problemas de congestión de calles, seguridad vial y multicentralidades.

Que es indispensable promover la restitución de los trenes que conecten a las localidades del sur de la provincia de Santa Fe con Rosario, ya que en la actualidad casi la totalidad de las conexiones son a través de vehículos particulares o colectivos de empresas privadas que incumplen normas de seguridad y no son suficientes para satisfacer la gran demanda, por lo que se vuelven inseguros para los pasajeros que ya fueron víctimas de  numerosos accidentes, como el ocurrido en Pérez, en la Ruta Nacional N° 33, el 24 de febrero de 2017 en el que se perdieron 12 vidas.

Que muchas de las rutas que conectan diferentes localidades del sur santafecino no se encuentran en buenas condiciones para ser transitadas, y además no son aptas para la cantidad de vehículos que las transitan y las velocidades que alcanzan.

Que es de vital importancia que los diferentes actores involucrados en la temática participen de la discusión y expongan sus diferentes perspectivas para lograr efectivizar la recuperación del sistema ferroviario santafecino tal como rige en la Ley aprobada hace 5 años.

Por lo expuesto los concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de:

RESOLUCIÓN

Artículo 1°: El Concejo Municipal de Rosario resuelve convocar a una Audiencia Pública, que se realizará dentro de los sesenta días corridos de aprobada la presente, con el fin de debatir en torno la necesidad de recuperación de los trenes metropolitanos, en el marco de la Ley Provincial N° 13.242 de reactivación del sistema ferroviario santafesino.

Artículo 2°: El Concejo Municipal invitará a participar de la Audiencia Pública a:

  • Intendentes, Concejales, y Presidentes de Comuna de localidades vecinas miembros del ECOM.
  • Funcionarios del Departamento Ejecutivo Municipal de Rosario, en particular a su Secretario de Planeamiento, y de localidades vecinas miembros del ECOM, con incumbencia en la materia.
  • Funcionarios del Poder Ejecutivo Provincial que posean incumbencia en la temática, en particular al Ministro de Infraestructura y Transporte, o en su defecto a quienes el mismo designe.
  • Al titular de la Unidad Especial de Gestión Ferroviaria (UEGF), creada a partir de la Ley Provincial N°13.242.
  • Al Ministro de Transporte de la Nación, o en su defecto a los funcionarios que el mismo designe.
  • Organizaciones de la sociedad civil involucradas en la cuestión: Asociación Amigos del Riel, Tren Para Todos, sindicatos ferroviarios, etc.
  • Académicos, cátedras y centros de estudios de la Universidad Nacional se Rosario, de la Universidad Tecnológica Nacional, y de otras instituciones educativas públicas y privadas, que puedan estar vinculadas a la temática.

Artículo 2°: De forma y comuníquese con sus con considerandos.