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Aplicación de taxis para celulares (MOVI Taxi)

PROYECTO DE ORDENANZA

Presentado el 17/05/2016

Aprobado el 20/04/2017

EXPEDIENTE Nº 228.380

Promovimos la creación de un sistema de gestión municipal para solicitar el servicio de taxis por medio de una aplicación para teléfonos móviles y computadoras, de uso gratuito tanto para el usuario como para el taxista.

La aplicación que hoy resulta más utilizada, el Easy Taxi, le cobra $4,75 al taxista por cada viaje obtenido por esa vía. Asimismo, el hecho de que la gestión del servicio esté a cargo del Ente de la Movilidad, durante las 24 horas los 365 días del año, va a permitir que la aplicación se interrelacione con otras prestaciones municipales, tanto en materia de movilidad y transporte, como – por ejemplo – en lo que hace al sistema de emergencias.

A través de la aplicación móvil o del sitio web los usuarios podrán requerir el servicio de taxi a una dirección determinada, el sistema contactará al taxi más cercano (según lo identifique el GPS del teléfono móvil del conductor) y le informará al conductor, quien aprobará el pedido y se dirigirá hacia el lugar requerido, y luego se le informará al usuario el tiempo estimado de llegada y la información necesaria para su seguridad acerca del conductor que prestará el servicio (Nombre y apellido, vehículo, patente).

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Texto completo del proyecto.

VISTO:

Las nuevas tecnologías para teléfonos móviles, diseñadas para mejorar la demanda del servicio, los tiempos y la seguridad de los usuarios y los conductores de taxis, entre otros.

Y CONSIDERANDO

Que el Ente de Movilidad de Rosario (E.M.R) dispone de un Centro de Monitoreo a los fines de recabar la información proveniente del SGD (Sistema Generador de Datos, consistente en la conexión del odómetro con el GPS y el Centro de monitoreo que permite la remisión de datos al E.M.R., online, en tiempo real).

Que las nuevas aplicaciones diseñadas para facilitar las actividades diarias, para hacerlas más cómodas y eficientes son cada vez más utilizados por los beneficios que les ofrece a los usuarios para trasladarse dentro de la ciudad.

Que el inciso n del artículo 28 de la ordenanza 2.649 establece que para que un vehículo pueda ser habilitado como taxi deberá contar con un servicio de radio taxi activo.

Que el servicio de radiotaxi tiene un costo extra tanto para el pasajero como para el taxista.

Que las aplicaciones existentes, de carácter privado, que son utilizadas cada vez con más frecuencia para el uso de este servicio, tienen un costo adicional para los taxistas que realicen viajes por esta vía y que sumado al aumento en los costos ocurrido en los últimos tiempos dificultan la capacidad de los taxistas para sostener el funcionamiento del servicio.

Que como los costos para el funcionamiento de los taxis aumentaron considerablemente en los últimos meses, al mismo tiempo la cantidad de pasajeros disminuyó y la tarifa por el contrario no aumentó a un nivel que pueda compensar dicha situación, los ingresos de quienes trabajan en este rubro se vieron seriamente afectados.

Que es responsabilidad de la Municipalidad innovar y orientar sus políticas hacia el impulso de la prestación de un mejor servicio público de taxis, más cómodo, seguro y eficiente.

Que el transporte urbano de pasajeros cuenta con un servicio gratuito brindado por el Ente de Movilidad de Rosario, por el cual a través del sitio web: www.emr.gov.ar/cuandollega.php o de una aplicación para smartphones se puede conocer el tiempo en el que llegará el próximo coche de la línea de transporte requerida a la parada consultada.

Por lo expuesto los concejales abajo firmantes elevan para su posterior aprobación el siguiente Proyecto de:

ORDENANZA

Artículo 1: Deróguese el inciso “n” del artículo 28 de la ordenanza 2.649 que establece que para que un vehículo pueda ser habilitado como taxi debe contar con servicio de radiotaxi activo, a elección del titular entre los prestadores autorizados

Artículo 2: Deróguese el Artículo 72 de la ordenanza 2.649 que establece que los vehículos que no tuvieran servicio de radiotaxi contratado a la fecha de vigencia de la Ordenanza 7889/05, dispondrán de un plazo de 120 días corridos para dar cumplimiento a la misma. Lo incorporado por dicha Ordenanza 7889/05 al punto b) del art. 28º de la presente, regirá a partir de nuevas habilitaciones.

Artículo 3: Incorpórese a la ordenanza 2.649 el artículo 63 bis que quedara redactado de la siguiente forma: “el vehículo podrá contar con un servicio de radiotaxi habilitado a elección del titular entre los prestadores autorizados.”

Artículo 4: Créase una aplicación para teléfonos móviles y un sitio web gratuito y de libre acceso desde cualquier computadora con internet para solicitar el servicio de taxis, gestionado por el Ente de la Movilidad de Rosario que funcionará las 24 hs. los 365 días del año.

Artículo 5: A través de la aplicación móvil o del sitio web los usuarios podrán requerir el servicio de taxi a una dirección determinada, el sistema contactará al taxi más cercano (según lo identifique el GPS del teléfono móvil del conductor) y le informará al conductor, quien aprobará el pedido y se dirigirá hacia el lugar requerido, y luego se le informará al usuario el tiempo estimado de llegada y la información necesaria para su seguridad acerca del conductor que prestará el servicio (Nombre y apellido, vehículo, patente).

Artículo 6: La prestación de este servicio será gratuita tanto para los usuarios como para los conductores.

Artículo 7: Comuníquese con sus considerandos