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Ciclo «Fútbol Compartido»

PROYECTO DE ORDENANZA

Presentado el 31/08/2017

EXPEDIENTE Nº 238.484

Como forma de democratizar el acceso a eventos deportivos televisados, proponemos transmisiones masivas en espacios públicos.

 

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Texto completo del proyecto.

  VISTO

La Rescisión Bilateral del contrato suscripto entre la Jefatura de Gabinete de Ministros y la AFA el día 20 de agosto de 2009, por el que esta última cedió al Estado Nacional – JGM – los derechos de explotación de las imágenes y/o sonidos obtenidos en ocasión y desarrollo de cada uno de los encuentros de los torneos de fútbol de primera categoría organizados por la AFA, así como las adendas a ese contrato suscriptas con fechas 7 de diciembre de 2011, 21 de septiembre de 2012, 23 de agosto de 2013, 8 de enero de 2014, 9 de abril de 2014, 28 de noviembre de 2014, 25 de febrero de 2015 y 15 de diciembre de 2015 respectivamente, suscripta el 24 de febrero de 2017 entre la Secretaría General de la Presidencia de la Nación y la Asociación del Fútbol Argentino por la que se destinaron $ 350.000.000.

Y CONSIDERANDO:

Que a partir de la decisión administrativa 221/2009, desde el 2009 hasta el 2017 se transmitían «todos los partidos» disputados por los torneos organizados por la AFA, incluyendo «los que definían descensos, promoción, ganadores del torneo, campeón, desempate, liguillas, partidos clasificatorios para otros torneos, incluidos los de las categorías profesionales Primera B Nacional y Primera B Metropolitana».

Que tras la decisión del Gobierno Nacional actual y el acuerdo entre la AFA y la sociedad Fox-Turner, habrá que volver a pagar para ver el fútbol argentino. Después del 30 de septiembre el «pack» de los partidos de primera división costará $300 por mes, pero esa cifra es sólo un costo adicional, ya que poder contratarlo requiere de otros gastos extras como contar con un servicio de televisión por cable, situación que en el actual contexto de pérdida de poder adquisitivo podría impedir que miles de rosarinos puedan tener acceso a los partidos de fútbol de su equipo.

Que según el Artículo 77 de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual “se garantiza el derecho al acceso universal —a través de los servicios de comunicación audiovisual— a los contenidos informativos de interés relevante y de acontecimientos deportivos, de encuentros futbolísticos u otro género o especialidad. El Poder Ejecutivo nacional adoptará las medidas reglamentarias para que el ejercicio de los derechos exclusivos para la retransmisión o emisión televisiva de determinados acontecimientos de interés general de cualquier naturaleza, como los deportivos, no perjudique el derecho de los ciudadanos a seguir dichos acontecimientos en directo y de manera gratuita, en todo el territorio nacional.”

Que las relaciones entre los habitantes, y entre el poder y la ciudadanía se materializan y se expresan en la conformación de los lugares de encuentro ciudadano, en el espacio público. 

Que el espacio público, caracterizado físicamente por su accesibilidad, supone dominio público, uso social colectivo y multifuncionalidad. La importancia del espacio público radica en su fuerza mezcladora de grupos y comportamientos, y en la intensidad y la calidad de las relaciones sociales que facilita, por su capacidad de estimular la identificación simbólica, la expresión y la integración cultural.

Que en Argentina el deporte es movilizador social, el fútbol actúa de arena pública en el proceso de construcción de identidades sociales y culturales, sean identidades de pertenencia o identidades de rol.

Que desde la Secretaría de Cultura de Rosario se han impulsado diversas acciones culturales en espacios públicos de toda la ciudad como talleres, exposiciones, proyecciones de cine a cielo abierto, música, entre otras, configurándose las mismas como dispositivos de políticas públicas orientadas a democratizar el acceso a distintas expresiones de nuestra cultura popular en su más amplia acepción. 

Por lo expuesto los concejales y concejalas abajo firmantes elevan para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de:

ORDENANZA

Artículo 1: Créase el Ciclo “Fútbol compartido” que dependerá de la Secretaría de Cultura de la Municipalidad de Rosario.

Artículo 2: El Ciclo “Fútbol compartido” tendrá por objetivo promover la democratización en el acceso a eventos deportivos televisados de interés para los rosarinos, incentivando el uso de espacios públicos y comunitarios como espacios de encuentro, esparcimiento, intercambio y participación en la construcción colectiva de la ciudad.

Artículo 3: Por medio del citado ciclo, el Departamento Ejecutivo Municipal llevará adelante proyecciones de partidos de fútbol televisados de los torneos organizados por la Asociación del Fútbol Argentino, o en los que participe la Selección Nacional de Fútbol, en auditorios de los Centros Municipales de Distritos, cines o teatros públicos, parques, plazas, clubes barriales, y/o en aquellos espacios públicos o instituciones que considere pertinentes para la materialización de la presente ordenanza, previa concreción de los convenios necesarios para el uso de las mismas.

Artículo 4: El Ciclo «Fútbol compartido» se financiará con partidas del presupuesto ordinario de la Secretaria de Cultura de la Municipalidad de Rosario.  

Artículo 5: Comuníquese con sus considerandos.