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Declaración de la Emergencia Económica

PROYECTO DE DECRETO

Presentado el 09/05/2016

Aprobado el 23/06/2016

EXPEDIENTE Nº 228.241

Propusimos que por el término de 180 días se cree un Comité de Emergencia Económica que desarrolle medidas para proteger el empleo, y reducir los riesgos de disminución de la actividad económica de la ciudad.

La baja sostenida en el consumo, los altos alquileres y los aumentos desmedidos en las tarifas e insumos, ponen en jaque al pequeño y mediano comerciante e industrial de Rosario.

Es por eso que encomendamos a la Municipalidad a disminuir transitoriamente las tasas y derechos que cobra; la aplicación de subsidios específicos para situaciones de emergencia; y la asignación de créditos especiales y con tasas subsidiadas por parte del Banco Municipal de Rosario o entidades financieras de la región y gestiones ante los gobiernos nacional y provincial para obtener beneficios para los sectores en crisis en nuestra ciudad.

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Texto completo del proyecto.

VISTO:

Los informes sectoriales nacionales de entidades como CAME y APYME, y de Centros Comerciales a Cielo Abierto, Comerciantes del Casco Histórico, Cámaras Empresarias y Asociaciones de Comerciantes de la ciudad de Rosario, de los que surge con claridad el grave estado en que se encuentra el tejido Pyme tanto en el país como en la ciudad y como consecuencia de ello, el futuro del empleo en todos los sectores productivos.

Y CONSIDERANDO:

Que la combinación de baja sostenida en el consumo, altos alquileres y aumentos desmedidos en las tarifas e insumos, muchos de ellos injustificados, pone en jaque al pequeño y mediano comerciante e industrial de nuestra ciudad y a los consumidores que sostienen el andamiaje del círculo virtuoso que incluye a miles de trabajadores, que se encuentran en un estado de incertidumbre por encontrarse en medio de esta situación.

Que el resultado de las nuevas políticas económicas nacionales golpea al empleo privado, desplazando solo en cuatro meses a más de 120.000 puestos de trabajo (informe de Came), causando desprotección social y disminución drástica del poder adquisitivo y del consumo interno, principal sustento del pequeño y mediano comerciante e industrial, que constituye el 95% de las empresas y proveen el 75% del empleo.

Que, en ese sentido, se requieren medidas ejecutivas urgentes del Municipio y del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, que apoyen este entramado productivo de la ciudad de Rosario, con medidas excepcionales orientadas a blindar el aparato productivo de la Ciudad.

Que por las razones mencionadas ut-supra es imprescindible la Declaración de Emergencia Económica en la ciudad de Rosario, y que se activen herramientas específicas, para que aquellos comercios y Pymes industriales que demuestren que no pueden afrontar la situación sin despedir empleados o cerrar en el corto plazo sus puertas, puedan seguir funcionando, preservar todas las fuentes de trabajo, y continuar honrando sus obligaciones.

Por todo lo expuesto, los concejales y concejalas abajo firmantes proponen para su tratamiento y posterior aprobación, el siguiente proyecto de

DECRETO

Art. 1) Declárase la emergencia económica en la ciudad de Rosario por el término de 180 días.

Art. 2) Constitúyase el Comité de Emergencia Económica de la Ciudad de Rosario.

Art. 3) Integrarán el Comité de Emergencia Económica: la Secretaría de Producción de la Municipalidad de Rosario en carácter de Presidente; las Secretarías de Hacienda y de Economía Social de la Municipalidad de Rosario; representantes de Concejo Municipal de Rosario, de la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios, de la Sociedad de Carniceros, de la Asociación Empresaria de Rosario, de la Federación Gremial de Comercio e Industria, del Centro Unión Almaceneros, de la Asociación Casco Histórico de Rosario, de los Centros Comerciales a Cielo Abierto, de Amigos Peatonal San Martín, del Complejo de Galerías del Centro, de la Asociación de Comerciantes e Industriales de la Zona Norte de Rosario, de la Asociación de Panaderos y Afines, de la Cámara del helado Artesanal de Rosario, de la Confederación General del Trabajo, del Congreso de los Trabajadores Argentinos, del Movimiento Sindical Rosarino, de la Confederación de Trabajadores de la Economía Popular; y demás asociaciones que demuestren interés legítimo en la problemática.

Art. 4) El Comité de Emergencia Económica deberá recomendar medidas que tiendan a proteger el empleo y reducir los riesgos de disminución de la actividad económica de la ciudad, entre las que podrá proponer las siguientes: disminución transitoria de tasas y derechos que cobre el Municipio, aplicación de subsidios específicos para situaciones de emergencia, asignación de créditos especiales y con tasas subsidiadas por parte del Banco Municipal o entidades financieras de la región, gestiones ante los gobiernos nacional y provincial para obtener beneficios para los sectores en crisis en nuestra ciudad.