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Medidas de seguridad en la limpieza de tanques de agua

PROYECTO DE ORDENANZA

Presentado el 10/03/2017

Aprobado el 07/12/2017

EXPEDIENTE Nº 234.613

 

El riesgo a la que se ven expuestos los operarios que realizan la limpieza de los tanques de agua potable en los edificios de nuestra ciudad es altísimo.

Por eso, impulsamos algo tan básico como que cada tanque deberá contar con una una baranda de seguridad de al menos 1.20 metros de altura, que garantice que el trabajador no se encuentre suspendido y desprovisto al momento de realizar dichas tareas.

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Texto completo del proyecto.

VISTO:

El riesgo a la que se ven expuestos los operarios que realizan la limpieza de los tanques de agua potable en los edificios de nuestra ciudad.

Y CONSIDERANDO:

Que esta situación es producto de que los edificios no cuentan con las medidas de seguridad necesarias para realizar el trabajo de alturas en dicho sector.

Que la reglamentación vigente no prevé durante el proceso de construcción y habilitación, medidas de seguridad que protejan a posteriori a los operarios que deberán cumplir tareas de limpieza para el mantenimiento del servicio de agua potable.

Que dicha situación puede solucionarse modificando el reglamento actual para agregar un inciso que establezca la obligación de colocar barandas de seguridad alrededor de la estructura que rodea al tanque de agua potable, a fines de evitar cualquier riesgo que implique el trabajo en alturas.

Que es de suma importancia que la Municipalidad tome medidas que prevengan cualquier tipo de accidente al que se ven expuestos los trabajadores que deben realizar esta función

Por lo expuesto los concejales y concejalas abajo firmantes elevan para su aprobación el siguiente Proyecto de:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1: El Concejo Municipal solicita al Departamento Ejecutivo que, a través de la repartición correspondiente, se agregue al Reglamento de Edificación, en la Sección 4.12. De la obligación de conservar, el artículo 4.12.4. “Medidas de seguridad de necesarias para la limpieza de los tanques de agua potable”, el que quedará redactado de la siguiente manera:

4.12.4. “Medidas de seguridad necesarias para la limpieza periódica de los tanques de agua potable”

La ejecución de la limpieza periódica de los tanques de agua potable instalados en cada edificio deberá contar con medidas de seguridad previamente instaladas a fin de evitar el trabajo riesgoso de los operarios. Para ello deberá instalarse en la parte superior de cada tanque una baranda de seguridad de al menos 1.20 metros de altura, que garantice que el trabajador no se encuentre suspendido y desprovisto al momento de realizar dichas tareas. Los edificios ya construidos deberán incorporar este equipamiento en el plazo de un año a partir de la sanción de esta norma.

ARTÍCULO 2: De forma. Comuníquese con sus considerandos.-