fbpx

Ordenanza «Micaela» de formación en género

PROYECTO DE ORDENANZA

Presentado el 29/08/2019

Aprobado el 17/10/2019

EXPEDIENTE Nº 251475

Establecimos la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres, para todas las personas que se desempeñen en la administración pública de Rosario, organismos descentralizados, entes autárquicos, empresas o sociedades del Estado Municipal, sociedades de economía mixta o con participación estatal mayoritaria, y el Concejo Municipal, así como toda otra entidad y organismo dependiente de la Municipalidad.

La bautizamos «ordenanza Micaela», en homenaje a Micaela García, militante social víctima de un femicidio.

Descargar
Texto completo del proyecto.

VISTO:

La Ley Micaela, aprobada por el Congreso Nacional en diciembre de 2018 (que lleva su nombre por Micaela García, víctima de un brutal femicidio; en reconocimiento por su lucha militante por los derechos de las mujeres y de los más vulnerables) que tiene como objetivo capacitar y sensibilizar a quienes integran los diferentes estamentos del Estado; entendido no como una mera elección de preferencia personal sino a los fines de dar cumplimiento a un deber que asumió nuestro país al firmar la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.

La adhesión a la Ley Micaela por parte de la Universidad Nacional de Rosario (UNR) mediante la resolución Nº 1722/2019.

El Decreto Municipal 396/19 que establece que para ingresar a la planta Municipal y/o celebrar contratos de locación de servicios y/o de honorarios y/o retribución a tercero y/o acuerdos de pasantías los particulares deben acreditar como condición excluyente que no se encuentran condenados y no poseen denuncia penal por violencia de género pendiente de resolución.

La Ordenanza 9110 que crea el Programa de Capacitación y Formación en Violencia de Género para todos los trabajadores y trabajadoras de las Secretarías de Salud, Promoción Social y de Prevención y Seguridad Ciudadana, acerca de la Violencia de Género de autoría de la Concejala Norma López.

El Convenio de colaboración entre la Municipalidad de Rosario y la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe para la capacitación en temática de género y violencia contra las mujeres para agentes del Poder Judicial y de la Municipalidad de Rosario.

Y CONSIDERANDO

Que el Estado debe promover políticas públicas y destinar presupuesto para que se fortalezcan los derechos de las mujeres a vivir una vida sin violencia y sin discriminaciones de ningún tipo.

Que desde 2015 se han impulsado desde el Gobierno Nacional numerosas políticas antipopulares que repercuten con mayor crudeza en las mujeres: despidos, ajuste, feminización de la pobreza, recorte de derechos y presupuesto para la protección de las mujeres.

Que si bien existen diferentes iniciativas de capacitación en temática de género y violencia contra las mujeres como las mencionadas anteriormente, las mismas no abarcan a todo el personal de la Municipalidad de Rosario ni obliga a capacitaciones continuadas en el tiempo.

Que el Estado como empleador debe generar políticas tanto para dentro de la administración pública municipal como para el resto de la sociedad que sean ejemplo de prevención de la violencia contra la mujer.

Que la formación en temática de género y violencia contra las mujeres es una de las herramientas fundamentales para pensar avanzar en un camino que a largo plazo ponga fin al machismo arraigado en la sociedad.

Que el MESECVI (Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará), en el Informe final de Argentina (2012) recomienda al Estado el desarrollo de planes de formación continuos sobre violencia contra las mujeres y derechos de las mujeres en el marco de la Convención de Belém do Pará, destinados a legisladores/as, operadores/as de justicia (jueces/zas, fiscales/as, funcionarios/as legales, comisarios/as de familia) y otros/as funcionarios/as públicos/as, operadores/as de salud, educadores/as, fuerzas militares y policiales, organizaciones sociales y comunitarias de mujeres, centros de atención especializados en violencia y otras públicos similares.

Por lo expuesto los concejales y las concejalas abajo firmantes elevan para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de:

ORDENANZA “MICAELA”

Artículo 1º.- Establézcase la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres, para todas las personas que se desempeñen en la administración pública de Rosario, organismos descentralizados, entes autárquicos, empresas o sociedades del Estado Municipal, sociedades de economía mixta o con participación estatal mayoritaria, el Concejo Municipal, así como toda otra entidad y organismo dependiente de la Municipalidad.

Art. 2°.- El Instituto Municipal de la Mujer o el área que en el futuro lo reemplace será la Autoridad de Aplicación de la presente, y deberá instrumentar el programa de capacitación para hacer efectivo el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1. A tal fin se podrán realizar adaptaciones de materiales y/o programas implementados en la actualidad por el Instituto o desarrollar uno específico, y coordinar acciones con otros niveles del Estado o con instituciones de la sociedad civil abocadas a la temática.

Art. 3º.- La periodicidad y modalidad de las capacitaciones, y las penalidades impuestas a quienes incumplan con lo dispuesto en el Artículo 1 de la presente, serán las que establezca el Departamento Ejecutivo en la reglamentación correspondiente.

Art. 4º.- El Instituto Municipal de la Mujer o el área que en el futuro lo reemplace promoverá la capacitación en la temática de género y violencia contra las mujeres para los trabajadores y trabajadoras de las empresas privadas que sean concesionarias de servicios públicos de la ciudad, para lo cual podrá celebrar convenios particulares con las diferentes prestatarias.

Art. 5º.- El Programa será financiado con partidas del presupuesto ordinario destinado al área.

Art. 6°.- Comuníquese a la intendencia con sus considerandos y agréguese al D.M.-