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Plan de Recuperación de la Galería San Martín

PROYECTO DE ORDENANZA

Presentado el 11/12/2020​

EXPEDIENTE Nº 257694

Esta histórica galería sufre el abandono, producto de la crisis económica. Proponemos que el Municipio preste asistencia a los propietarios y comerciantes para que la San Martín recupere su antiguo esplendor. Entre otras medidas, también impulsamos que el espacio se transforme en un centro comercial de para productores de la economía social y popular.

Texto completo del proyecto.

 

VISTO
La Galería San Martín, ubicada en San Martín 876, que cuenta con 60 locales comerciales que se encuentran desocupados en su gran mayoría.

Y CONSIDERANDO,
Que la Galería San Martín, construida en la década del 60, cuenta con 6 plantas y 60 locales que se encuentran desocupados, en estado de abandono y con numerosas deudas en su mayoría.

Que durante varias décadas la galería tuvo gran flujo de visitantes que concurrían al lugar por la diversa oferta comercial que proporcionaba pero desde hace 20 años viene deteriorándose por la disminución de comercios, de pagos para el mantenimiento, etc.

Que al no contar con muchos locales ocupados los comercios que se encuentran en la Galería se ven perjudicados, no sólo por la disminución de circulación de personas y su repercusión en las ventas, sino también por el deterioro de los espacios comunes.

Que por su localización esta galería tiene un gran potencial para el desarrollo de actividades comerciales.

Que por la crisis económica que atraviesa el país y Rosario en particular, por la tendencia acelerada por la pandemia de caída de ventas presenciales, y el crecimiento las ventas vía medios digitales, los centros comerciales tradicionales vieron un deterioro en su actividad.

Que en los últimos tiempos las producciones de emprendedores rosarinos, que buscaron la forma de enfrentar la crisis de manera creativa y solidaria, aumentaron y por lo tanto, es conveniente apuntalarlas desde el estado local para que se sostengan en el tiempo.

Que mediante la coordinación de actores que tienen necesidades complementarias, y sin la necesidad de incurrir en grandes gastos, desde el estado local se puede incentivar la revitalización de este espacio comercial promoviendo además a emprendedores/as y productores/as de la economía social y popular.

Por lo expuesto los concejales y concejalas abajo firmantes elevan para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de:

DECRETO

Artículo 1.- Encomiéndese al Ejecutivo Municipal que, a través de la Secretaría de Desarrollo Económico y Empleo, proceda a relevar y contactar a los titulares de locales comerciales de la Galería San Martín, ubicada en la calle San Martín 876, con el objetivo de establecer un plan de recuperación del citado centro comercial.

Art. 2.- El Ejecutivo Municipal promoverá la firma de convenios con aquellos titulares de locales comerciales de la citada galería, que hayan contraído deuda con el Municipio por falta de pago de la Tasa General de Inmuebles, a fin de que estos últimos puedan saldar la misma cediendo el uso de los locales al Estado local por un tiempo a determinar.

Art. 3.- El Ejecutivo Municipal gestionará ante otro niveles del Estado, y ante empresas prestadoras de servicios públicos, condonaciones y/o  refinanciamiento de eventuales deudas, así como otros beneficios que pudieran ser incorporados al convenio reseñado en el artículo precedente.

Art. 4.- La Secretaría de Desarrollo Económico y Empleo, y la Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat, crearán el «Paseo de la Economía Social y Popular», ofreciendo facilidades para la explotación de los locales comerciales alcanzados por lo dispuesto en el artículo 2 de la presente, a emprendedores/as y productores/as de la economía social y popular, por plazos y condiciones a definir por el Municipio.

Art. 5.- Para el cumplimiento del artículo precedente, la Municipalidad de Rosario convocará a productores/as de nuestra ciudad inscriptos en el Registro Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular, en el Registro Social de la Subsecretaría de Economía Social, o en los distintos registros existentes de empresas locales de la Secretaría de Desarrollo Económico y Empleo.

Art. 6.- Comuníquese con sus considerandos.