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Programa Municipal de Salud Ocular y Prevención de Ceguera

PROYECTO DE ORDENANZA

Presentado el 1/10/2020

EXPEDIENTE Nº 256.441

Propusimos crear el Programa Municipal de Salud Ocular y Prevención de Ceguera, que contará con un camión oftalmológico dotado de los elementos técnicos adecuados y de profesional oftalmólogos y ópticos, a fin de brindar atención oftalmológica temprana y  la entrega de lentes de manera gratuita a toda la población que así lo requiera.
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Texto completo del proyecto.

VISTO:

La ausencia de políticas públicas orientadas al cuidado de la salud visual de la población desde los diferentes niveles del Estado y la gran demanda de atención oftalmológica existente en la ciudad y fundamentalmente en los Barrios más vulnerables.

Y CONSIDERANDO:

Que la visión es una de las herramientas más preciada para los seres humanos, ya que el 80% de la información que recibimos a diario de nuestro entorno llega a través de los ojos, por esta razón, de ello depende en gran medida el índice de desarrollo humano de una sociedad.

Que los defectos refractivos no corregidos son la segunda causa de ceguera funcional en el mundo (declaración de la OMS 2007 y de la Asamblea Mundial «Visión 20/20», Durban Sudáfrica 2010) y naturalmente Argentina no está ajena a esa realidad global.

Que los defectos refractivos no corregidos y la ceguera funcional prevenible son problemas prioritarios de salud pública que ocasionan las principales cargas socioeconómicas e interfieren con el progreso de crecimiento de los países en vías de desarrollo. Esto impacta negativamente sobre los dos ejes principales del desarrollo de un país: la escolarización y la empleabilidad.

Que es por esto que la conservación o restablecimiento de la visión hacen a una mejor calidad de vida de las personas, las familias y las comunidades. Constituyen una de las intervenciones de salud más eficientes y con mejores resultados, ya sea por evitar afecciones prevenibles o por tratar patologías hasta la recuperación de la visión.

Que también debemos mencionar y saber que la mayoría de la causas de ceguera evitable se encuentran relacionadas con la pobreza y a la falta de acceso a servicios de atención oftalmológica, generando desigualdades de cobertura en los distintos grupos de la población.

Que en Argentina no contamos con datos sobre la prevalencia de alteraciones visuales y oculares consideradas como prioridades para el programa de la Organización Mundial de la Salud (Visión 2020 The rigth to sight- prevención de la ceguera funcional evitable).

Que según datos de Agosto del 2014 de la Organización Mundial de la salud OMS sabemos que:

  • En el mundo hay aproximadamente 285 millones de personas con discapacidad visual, de las cuales 39 millones son ciegas y 246 millones presentan baja visión.
  • Aproximadamente un 90% de la carga mundial de discapacidad visual se concentra en los países de ingresos bajos.
  • El 82% de las personas que padecen ceguera tienen 50 años o más.
  • En términos mundiales, los errores de refracción no corregidos constituyen la causa más importante de discapacidad visual, pero en los países de ingresos medios y bajos las cataratas siguen siendo la principal causa de ceguera.
  • El número de personas con discapacidades visuales atribuibles a enfermedades infecciosas ha disminuido considerablemente en los últimos 20 años.
  • El 80% del total mundial de casos de discapacidad visual se pueden evitar o curar.

Que en América Latina las causas principales de la ceguera prevenible incluyen las cataratas, la retinopatía diabética, el glaucoma y los errores refractarios (como la miopía, hipermetropía o astigmatismo). Del 80% de los casos, se pueden evitar un 20% y curar en el 60% restante.

Que estos porcentajes son claves a la hora de formular políticas y estrategias públicas sanitarias para prevenir la ceguera y la discapacidad visual y así mejorar la calidad de vida de la población.

Que en la ciudad de Rosario a nivel municipal y provincial, la comunidad cuenta con servicio de oftalmología en algunos efectores públicos como el Hospital Roque Sáenz Peña, Centro de Especialidades Médicas Ambulatorias CEMAR, Hospital Provincial del Centenario, Hospital Provincial de Rosario, el Hospital de Niños Vilela y Zona norte.

Que la obtención de lentes prescriptos por los profesionales no se encuentra cubierto por el sistema público, teniendo el paciente que disponer de plata para conseguir el mismo en cualquier óptica de la ciudad, con el costo elevado que observamos en el mercado.

Que en algunos casos se puede obtener un par de anteojos a través del pedido de la trabajadora social, pero son los menos, en otros casos recurren al Instituto Politécnico Superior General San Martin, donde se encuentra la carrera de Técnico Universitario en Óptica, allí presentando la prescripción médica junto a un certificado de pobreza y el marco de las lentes, la persona puede obtener de manera gratuita el par de anteojos correspondiente.

Que algunas personas adquieren sus lentes en los puestos de venta ambulante en donde ofrecen lentes con diferentes graduaciones a costo muy por debajo del mercado formal, pero los mismos no cuentan con el control necesario que regule la calidad de los mismos, con las consecuencias negativas sobre la vista que esto implica.

Que en una ciudad con un poco más de un millón de habitantes según el último censo del INDEC del año 2010, es realmente muy preocupante que la comunidad cuente con tan pocos recursos y centros de atención para la entrega gratuita de anteojos, con todas las consecuencias socioeconómicas que eso representa para el conjunto de la sociedad.

Que un ejemplo claro que da cuentas de la gran demanda que hay en los barrios con respecto a la salud visual, se vio reflejada ante la llegada a la ciudad de Rosario de los camiones pertenecientes al Programa de Equidad Sanitaria Territorial del Ministerio de Salud de la Nación a partir del año 2014 que contaban con el equipamiento y el personal necesarios para brindar atención clínica, odontológica, pediátrica, oftalmológica y ginecológica, entre otras prestaciones. En los mismos, también se recetaban anteojos que eran entregados en el momento a personas con problemas visuales.

Que en Rosario se llevaron adelante en la Ciudad diferentes operativos del Programa de Equidad Sanitaria Territorial del Ministerio de Salud de la Nación en diversos barrios: Tablada, Ludueña, Las Flores, La Cerámica, Villa Moreno, Barrio Policial, Itatí, Mangrullo, Acindar, Tío Rolo, Barrio Rucci, Nuevo Alberdi, Barrio Toba, Empalme Graneros, Santa Lucía, Bella Vista, El Triángulo, entre otros, por los que se realizaron en 2014, 10.474 atenciones oftalmológicas, 11.093 anteojos de stock y 874 anteojos de laboratorio, y en el 2015, 12.306 atenciones oftalmológicas, 14.206 anteojos de stock y 954 anteojos de laboratorio.

Que esta unidad oftalmológica contaba con un equipamiento de alta tecnología y estaba preparada para brindar el servicio de consulta oftalmológica y óptica sin costo. La alta demanda en las consultas y obtención de anteojos, hacía que los turnos se agotaran en cada oportunidad que el camión oftalmológico se presentaba.

Que el programa tenía como objetivo fortalecer el primer nivel de atención municipal, provincial y nacional, mejorar la capacidad de detección, diagnóstico, atención y tratamiento en salud, garantizar el acceso al Derecho a la Salud en la totalidad del territorio nacional y promover y difundir los derechos sociales, civiles y políticos de la población a través de campañas informativas en materia de salud.

Que dicho dispositivo territorial fue dado de baja por la cartera del actual Ministerio de Salud de la Nación a cargo del Dr. Lemus.

Que ante la ausencia de un efector de salud que contenga de manera especializada, completa e integrada la problemática oftalmológica, resulta necesario avanzar en la implementación de políticas de transformación, desarrollo y fortalecimiento del sector salud, que mejoren la calidad de vida de nuestros habitantes.

Por lo expuesto los concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de:

ORDENANZA

Artículo 1°: Créase el Programa Municipal de Salud Ocular y Prevención de Ceguera, que contará con un camión oftalmológico dotado de los elementos técnicos adecuados y de profesional oftalmólogos y ópticos, a fin de brindar atención oftalmológica temprana y  la entrega de lentes de manera gratuita a toda la población que así lo requiera.

Artículo 2°: El programa estará a cargo de la Secretaria de Salud de la Municipalidad.

Artículo 3°: El Programa será financiado con partidas del presupuesto ordinario destinado al área.

Artículo 4°: De forma.