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Red de proveedores de alimentos para comercios de cercanía

PROYECTO DE ORDENANZA

Presentado el 15/08/2019

EXPEDIENTE Nº 251.226

Impulsamos la creación de la Red de Pequeños Proveedores de Alimentos para Comercios de Cercanía, con el objetivo de fortalecer a los productores locales de alimentos, desalentar la concentración de los dispositivos de comercialización, combatir la inflación, y promover el consumo de productos saludables.

 

ARTÍCULO 2.- Son objetivos de la presente Ordenanza:

  • Promocionar y facilitar la producción, el consumo y la comercialización de los productos proveniente de pequeños productores rosarinos de alimentos;
  • Incentivar la producción natural, agroecológica, saludable, en función al compromiso de los productores con los consumidores y el cuidado del medio ambiente;
  • Conformar y fortalecer una red local de organizaciones de productores que comprenda la cadena desde la elaboración hasta la comercialización final.
  • Alcanzar el autoabastecimiento alimentario en Rosario.
  • Desincentivar la concentración actual del comercio, y permitir a los rosarinos el acceso a productos producidos en la zona.
  • Combatir la inflación, buscando acortar las cadenas de comercialización, evitando intermediaciones excesivas entre productores y consumidores.
  • Impulsar mecanismos de cooperación y asociatividad entre pequeños productores.
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Texto completo del proyecto.

Visto:

 

La existencia de numerosos pequeños productores de alimentos en Rosario y la región.

 

Y considerando:

 

Que los altos índices de inflación que tuvo Argentina históricamente y su aceleración en el último año, que fue de 47,6% en el 2018 (la cifra más alta en los últimos 27 años), provoca que miles de rosarinos tengan dificultades para acceder a los productos de la canasta básica de alimentos.

 

Que la mayor parte de los alimentos que se comercializan en la ciudad pasan por varias manos desde el productor hasta el consumidor final, en varios casos sin función concreta más que tener un beneficio comprando barato y vendiendo a mayor precio.

 

Que el comercio minorista de nuestra ciudad se encuentra concentrado, en la medida que un pequeño grupo de empresas distribuidoras y cadenas de supermercados se han ido convirtiendo en proveedores exclusivos de los comercios de cercanía, decidiendo qué marcas se venden y a cuánto.

 

Que en Rosario, a partir de la intervención de vacíos urbanos sobre los accesos viales a la ciudad, en los bordes de los arroyos, o en espacios en tierras fiscales remanentes, se conformaron -apoyados por políticas del gobierno local- parques y jardines huerta, en los que muchas familias producen alimentos para su consumo y para comercializar.

 

Que las producciones del Programa de Agricultura Urbana, nacidas de emprendimientos sociales de producción y elaboración de alimentos mediante técnicas ecológicas, destinados al consumo familiar, comunitario, y al mercado, son comercializadas por los productores y sus familias en Rosario en las ferias de la Economía Social, ferias que están concentradas mayoritariamente en la zona céntrica.

 

Que para atender a las necesidades comunitarias en un contexto de aumento de la pobreza y desocupación el estado local debe intervenir en las redes de producción, distribución y consumo de bienes básicos, generando trabajo, fortaleciendo emprendimientos productivos familiares y cooperativos, y haciendo más accesible el acceso a bienes de consumo básicos.

 

Que por las medidas tomadas por el Gobierno Nacional disminuyeron las limitaciones impuestas a los productos importados por lo que ha aumentado la oferta de dichos productos dificultando las posibilidades de los productores de Rosario y la región de competir con la oferta de grandes marcas.

 

Que proveer a los comercios minoristas de cercanía de productos rosarinos redundaría en un mayor grado de reconocimiento y acceso a estos productos por parte de los consumidores, una diversificación de la oferta en su beneficio, una desconcentración de los grupos económicos predominantes en las diversas cadenas de valor, y en una disminución de la brecha que comúnmente separa las condiciones de venta de los productos de Rosario y la región, de aquéllos distribuidos y comercializados por las grandes empresas.

 

Que la puesta en marcha de políticas que promuevan el consumo de productos de la región estimularía el crecimiento y desarrollo de las Unidades Productivas Populares regionales, la generación de mano de obra, y la expansión de alternativas productivas y comerciales.

 

Que el fortalecimiento de este sector actuaría como generador de nuevas oportunidades no sólo para los propios emprendedores y productores de la zona (destinatarios directos de la acción), sino que también generaría beneficios para los consumidores, los prestadores de servicios vinculados al comercio, y la ciudadanía en general.

 

Que a partir de la presente Ordenanza los productores locales tendrán la posibilidad de colocar sus productos, especialmente aquellos característicos de la región, jerarquizando su producción a través del acceso a la capacitación y a la existencia de nuevas acciones tendientes a garantizar la seguridad alimentaria.

 

Por lo expuesto los concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de:

 

ORDENANZA

«Creación de la Red de Proveedores de Alimentos para Comercios de Cercanía»

 

ARTÍCULO 1.- Créase la Red de Pequeños Proveedores de Alimentos para Comercios de Cercanía, con el objetivo de fortalecer a los productores locales de alimentos, desalentar la concentración de los dispositivos de comercialización, combatir la inflación, y promover el consumo de productos saludables.

 

ARTÍCULO 2.- Son objetivos de la presente Ordenanza:

  • Promocionar y facilitar la producción, el consumo y la comercialización de los productos proveniente de pequeños productores rosarinos de alimentos;
  • Incentivar la producción natural, agroecológica, saludable, en función al compromiso de los productores con los consumidores y el cuidado del medio ambiente;
  • Conformar y fortalecer una red local de organizaciones de productores que comprenda la cadena desde la elaboración hasta la comercialización final.
  • Alcanzar el autoabastecimiento alimentario en Rosario.
  • Desincentivar la concentración actual del comercio, y permitir a los rosarinos el acceso a productos producidos en la zona.
  • Combatir la inflación, buscando acortar las cadenas de comercialización, evitando intermediaciones excesivas entre productores y consumidores.
  • Impulsar mecanismos de cooperación y asociatividad entre pequeños productores.

ARTÍCULO 3.- Créase el Registro Único de Productores de bienes alimenticios, frutihortícolas, de granja, panificados, regionales y productos elaborados artesanalmente de los pequeños y medianos productores del Departamento Rosario, el cual tendrá por objetivo contar con una base de datos actualizada.

 

El mismo contendrá los siguientes datos de los productores:

a) Personales.

b) Ubicación y condiciones de la explotación.

c) Tipos de explotación agropecuaria y/o productos que se comercializan.

 

ARTÍCULO 4.- Es Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza la Secretaría de Producción, Empleo e Innovación.

 

ARTÍCULO 5.- Son funciones de la Autoridad de Aplicación:

  1. Convocar a los productores a inscribirse en el Registro Único de Productores de bienes alimenticios, frutihortícolas, de granja, panificados, regionales y productos elaborados artesanalmente de los pequeños y medianos productores del Departamento Rosario
  2. Brindar asistencia técnica en materia logística de manera de facilitar la provisión de sus productos a los comercios de cercanía.
  3. Brindar apoyo técnico y asistencia necesaria para diversificar y ampliar las áreas de cultivo.
  4. Organizar ferias, exposiciones, conferencias, jornadas y toda otra actividad que permita cumplir con el objetivo de difundir, capacitar y concientizar a la población sobre el beneficio del consumo de los productos de productores rosarinos.
  5. Capacitar en asuntos administrativos contables a fin de obtener registro de los costos en la cadena de producción, comercialización, destino, volumen y montos.
  6. Establecer periódicamente, en coordinación con los productores, un rango de precios entre un mínimo y un máximo de los productos ofrecidos, teniendo en cuenta el carácter social y de fomento de los productos como además las condiciones del mercado;
  7. Coordinar e impulsar políticas de promoción y protección de los medianos y pequeños productores, a fin de generar mayor volumen en su producción manteniendo la calidad y la continuidad de la actividad.
  8. Coordinar en conjunto con los productores y representantes de comercios de cercanía la logística para la provisión de los productos, facilitando de ser necesario vehículos para la concreción de la misma.

ARTÍCULO 6.-  Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos y agréguese al D.M